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Proyecto de Ley Busca Regular Alquiler Temporario Turístico en Plataformas Digitales

Impulso Legislativo para Regular Contratos de Alquiler Turístico en Plataformas Digitales

Un proyecto de ley presentado por la senadora Ana María Ianni, del Frente de Todos, busca regular los acuerdos de alquiler temporario de viviendas con fines turísticos en plataformas digitales como Airbnb. La propuesta incluye medidas para desdolarizar estas transacciones y establecer un marco normativo que abarca desde la duración de los arrendamientos hasta la creación de un registro nacional de viviendas de alquiler turístico temporario.

Una reunión conjunta de las comisiones de Legislación General y Turismo del Senado dará inicio este jueves a la evaluación de un proyecto de ley con el propósito de regular los acuerdos de arrendamiento temporario de viviendas con fines turísticos. Esta iniciativa surge bajo el impulso de la senadora Ana María Ianni, miembro del Frente de Todos.

La propuesta plantea la supervisión y desvinculación del uso de divisas extranjeras en plataformas como Airbnb, las cuales operan al margen del marco legal estatal, contemplando incluso medidas sancionatorias en caso de incumplimiento.

Este proyecto guarda notables similitudes con la reciente propuesta presentada por la diputada también afiliada al kirchnerismo, Paula Penacca, en la Cámara de Diputados. Su objetivo principal es establecer normativas para los contratos de alquiler temporal con fines turísticos.

De acuerdo con el texto del proyecto, se establece que un arrendamiento de una propiedad se considera como alquiler temporario cuando su duración oscila entre 1 y 90 días.

La propuesta abarca a «los propietarios o administradores autorizados para gestionar la comercialización temporal de bienes inmuebles, a los huéspedes y cualquier individuo que promueva, publicite u ofrezca viviendas para alquiler temporario con fines turísticos».

Además, se contempla la creación del Registro Nacional de Viviendas de Alquiler Turístico Temporario, bajo la jurisdicción del Ministerio de Turismo.

Asimismo, se establece que «las plataformas digitales que faciliten, intermedien o formalicen acuerdos de alquiler temporal con fines turísticos deberán disponer de un campo en su plataforma para que los propietarios informen el número de registro correspondiente para cada unidad. Dichas plataformas procederán a retirar, dar de baja o suspender cualquier publicación que carezca de este número de registro, previa notificación por escrito al dueño o administrador de la unidad en alquiler».

Fuente : Telam

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